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DIRECTOR DE LA UGEL CASMA
  MAG. MARCO ANTONIO FLORES BLAS

R.D.R. Nº 0060-2023

 

 

Es responsable de dirigir, orientar y evaluar la aplicación de la política y planes educativos de su jurisdicción de acuerdo a las características socio económico, geográfico y cultural con autoridad y facultad para adoptar decisiones resolutivas y gerenciales de acuerdo a Ley y Lineamiento de Política Educativa del Ministerio de Educación.

 

Funciones:

a)      Cumplir y hacer cumplir las funciones aprobadas en el Decreto Supremo Nº 009-2005-ED y la ley Nº 28044 Ley General de Educación.

b)      Ejercer la representación institucional de la UGEL Casma y la titularidad del pliego presupuestal.

c)      Aprobar políticas de Gestión, memoria Anual, estados financieros, Plan Operativo, Planes y Programas de Desarrollo Institucional, así como las estrategias el presupuesto y/o sus modificaciones para su ejecución y el logro de sus objetivos y metas.

d)     Convocar y presidir la Reuniones con el Órgano de Línea, de Control Institucional y de Asesoramiento, estableciendo el marco Técnico operativo al cual debe sujetarse la gestión, supervisando la ejecución de los acuerdos, el avance y dinamismo de las actividades operaciones de la Institución, coadyuvando a su desarrollo y consolidación.

e)      Asegurar la aplicación y adecuación de la política y normatividad educativa en su ámbito, en armonía y coordinación con el sector, velando por su cumplimiento y liderando el proceso de mejoramiento continuo de la Calidad, Equidad y Eficiencia del Servicio Educativo.

f)       Proporcionar Asesoramiento y Asistencia Técnico-Pedagógico, Institucional y Administrativa a las Instituciones y Programas Educativos.

g)       Implementar medidas encaminadas a modernizar, desconcentrar y fortalecer la gestión administrativa y establecer indicadores de cambio, para mejorar la Calidad Educativa en las Instituciones y Programas Educativos.

h)      Promover la creatividad, iniciativa productividad y eficiencia del personal.

i)        Gerencial la entidad a su cargo y evaluar la gestión de sus áreas, de las Instituciones y Programas Educativas, adoptando oportunamente, las acciones preventivas y correctivas pertinentes presentando los informes correspondientes de su gestión.

j)        Emitir Directivas en materia de Organización Interna y expedir Resoluciones Directorales sobre los asuntos de su competencia.

k)      Designar nombrar y/o remover en el cargo al Jefe del Órgano o del Área, con conocimiento del Director de la DREA (Ancash).

l)        Encargar la Jefatura del Órgano de Control Institucional, comunicando a la Contraloría General de la República y en el supuesto que se desempeñe la función de Control de manera negligente e insuficiente, informar inmediatamente de manera sustentada y reservada a la Contraloría General. La acción de personal que implique el desplazamiento del Jefe de OCI, será comunicada previamente a la Contraloría General, para su aprobación correspondiente. y la separación definitiva se realizará con sujeción a las correspondientes Formalidades y Disposiciones Legales aplicables en materia laboral.

m)    Cautelar y garantizar la apropiada asignación de los recursos económicos, Logísticos y Humanos al OCI, necesarios para el cumplimiento de sus funciones, acciones y actividades de control previstas en el Plan Anual de Control, incluyendo las acciones de control no programadas de ser el caso.

n)      Designar anualmente el miembro Titular y Suplente (Funcionario) que Presidirá la Comisión Permanente de Procesos Administrativos y la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios –COPROA y los profesionales que sean necesarios.

o)      Dictar Resolución sobre hechos Investigados y comprobados por COPROA, previo proceso administrativo que no excederá de 40 días hábiles improrrogables, determinado el tipo de sanción a aplicarse, bajo responsabilidad.

p)      Aprobar el nombramiento, de contratación, promoción, suspensión y despido del personal que no sea funcionario de confianza, en concordancia a las disposiciones legales sobre materia.

q)      Delegar las funciones que consideren necesarias dentro de los límites que establece la ley.

r)       Designar asesor que hará a su veces de secretario de actas en las reuniones con los Jefes de los Órganos, de la Áreas, con representaciones gremiales y/o cuando se requiera.

s)       Revisar y someter en reunión con los Jefes de los Órganos, o Áreas, los resultados de la Gestión Anual, así como los estados financieros y la memoria anual de cada ejercicio, oportunamente.

t)       Disponer la ejecución de Auditorias y Exámenes Especiales.

u)      Informar al Director de la DREA, sobre la implementación de recomendaciones de las Auditorias y Exámenes que se practiquen en la Institución, así como el cumplimiento de la ejecución presupuestal y de los planes operativos de cada una de las dependencias de la institución

v)      Proponer la Política remunerativa de la Institución, en concordancia con las normas aplicables sobre la materia, así como disponer la evaluación permanente del personal.

w)    Coordinar y concentrar la ejecución de acciones con Organismos Públicos y Privados, Nacionales e Internacionales para el cumplimiento de sus fines, logrando el apoyo y cooperación, mediante la suscripción de convenios y/o contratos tratándose de entidades Internacionales, deberá coordinar con los órganos pertinentes de la dirección Regional de Educación y  la Sede Central del Ministerio de Educación.

x)      Otras dentro del ámbito de su competencia que se le asigne el Director de la DREA

 

 
 
 
 

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